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Bono Fiestas Patrias 2025, consulta la lista de beneficiarios

La mayoría de los trabajadores del Estado tienen derecho al BONO FIESTAS PATRIAS CONOCIDO COMO AGUINALDO, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos establecidos por ley.
Bono Fiestas Patrias 2025

De acuerdo al Gobierno peruano el Bono Fiestas Patrias 2025 de 300 soles será entregado para el sector públicos cuyo lazo laboral se encuentre vigente. A continuación los requisitos y lista de beneficiarios.

¿Qué es el Bono Fiestas Patrias 2025 en Perú?

El Bono por Fiestas Patrias en Perú es un beneficio económico otorgado por el Estado a ciertos trabajadores del sector público. Se entrega como una bonificación adicional a su sueldo regular, con el objetivo de celebrar las fiestas patrias y reconocer la labor de los servidores públicos.

¿Quiénes son los beneficiarios del Bono Fiestas Patrias 2025?

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, ha autorizado el pago del aguinaldo por Fiestas Patrias. Los trabajadores del sector público recibirán una bonificación de S/300, la cual se incluirá en la planilla de pagos del mes de julio de 2025.

Este aguinaldo será otorgado a funcionarios y servidores que se encuentren bajo los siguientes regímenes laborales:

  • Decreto Legislativo Nº 276
  • Ley Nº 29944
  • Ley Nº 30512

Asimismo, se incluye al personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153; los obreros permanentes y eventuales del Sector Público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas de derecho propio a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N°20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N°28091.

Requisitos para recibir el Bono Fiestas Patrias 2025

  • Ser contratado bajo el régimen del servicio civil o Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057.
  • Estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.
  • En los casos de pensiones por sobrevivencia, si hay un único beneficiario, este recibirá la totalidad del monto especificado en los apartados a) y b) del numeral 7.1. Si hay varios beneficiarios, el monto que le hubiera correspondido al pensionista titular se dividirá proporcionalmente entre todos ellos, sin exceder lo establecido en los mencionados apartados.
  • Es importante que los beneficiarios estén registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), el cual está bajo la gestión de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.
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