Consulta tu pago Fonavi 2024 para viudas, hijos con discapacidad o hermanos

29/05/2024

pago Fonavi 2024 viudas

Si eres viuda, hijo o hermano de un aportante al Fonavi, es importante que conozcas los pasos y requisitos para reclamar el pago correspondiente en este 2024. En ultimobono.com, te explicamos detalladamente cómo consultar tu pago y cuáles son los documentos necesarios para realizar el trámite de manera efectiva.

Pago Fonavi 2024 para viudas, hijos y hermanos

El Fonavi (Fondo Nacional de Vivienda) fue un programa establecido en Perú para ayudar a los trabajadores a financiar sus viviendas. Sin embargo, con el tiempo, muchos fonavistas fallecieron sin haber reclamado sus beneficios. Los herederos, tales como viudas, hijos con discapacidad y hermanos, tienen el derecho de reclamar estos pagos, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

¿Quiénes son considerados en el pago Fonavi 2024?

Los herederos pueden ser:

  • Viudas o viudos
  • Hijos, incluyendo aquellos con discapacidad total permanente
  • Padres
  • Hermanos
  • Otros herederos legales, según lo determine la sucesión intestada o el testamento

Pasos para consultar tu pago Fonavi 2024 para viudas, hijos con discapacidad o hermanos

  1. Verifica la Inclusión del aportante en el grupo de pago N°20 - N°1
    Antes de acudir a una agencia del Banco de la Nación (BN), el primer paso es verificar que el nombre del aportante al FONAVI esté incluido en el Grupo de Pago N°20 - N° 1 del Padrón Nacional de Fonavistas del Perú. Esta información se puede obtener:
  • Llamando a la central telefónica del FONAVI al número 6408655
  • Visitando la página web oficial: www.fonavi-st.gob.pe
  • Acudiendo a los módulos de Mejor Atención al Ciudadano (MAC)
  1. Reúne los documentos necesarios
    Para presentarte en una agencia del BN, debes llevar los siguientes documentos:

Pago Fonavi 2024 para viudas:

  • Copia certificada del acta de matrimonio (anverso y reverso), emitida por RENIEC, municipalidades u otras entidades correspondientes, con una antigüedad no mayor a 30 días calendario.

En caso de haber sido conviviente del Fonavista fallecido(a):

  • Certificado actualizado de inscripción en el registro de personas naturales, que acredite la Unión de Hecho, emitido por la SUNARP, con una antigüedad no mayor a 10 días hábiles en Lima y 15 días hábiles en provincias.

En caso de ser hijo(a) del Fonavista fallecido(a):

  • Copia certificada del acta de nacimiento (anverso y reverso) del solicitante y de los demás beneficiarios declarados, emitida por RENIEC, municipalidades u otras entidades correspondientes, con una antigüedad no mayor a 30 días calendario.

En caso de ser hijo(a) con discapacidad total y permanente del Fonavista fallecido(a):

  • Copia certificada del acta de nacimiento (anverso y reverso) del solicitante, emitida por RENIEC, municipalidades u otras entidades correspondientes, con una antigüedad no mayor a 30 días calendario.
  • Copia certificada o legalizada del documento emitido por CONADIS que acredite la discapacidad, con una antigüedad no mayor a 30 días calendario.

En caso de ser padre o madre del Fonavista fallecido(a):

  • Copia certificada del acta de nacimiento (anverso y reverso) del Fonavista fallecido(a), emitida por RENIEC, municipalidades u otras entidades correspondientes, con una antigüedad no mayor a 30 días calendario.

En caso de ser hermano(a) del Fonavista fallecido(a):

  • Copia certificada del acta de nacimiento (anverso y reverso) del Fonavista fallecido(a), emitida por RENIEC, municipalidades u otras entidades correspondientes, con una antigüedad no mayor a 30 días calendario.
  • Copia certificada del acta de nacimiento del solicitante y de los demás beneficiarios declarados, emitida por RENIEC, municipalidades u otras entidades correspondientes, con una antigüedad no mayor a 30 días calendario. En ausencia de otros beneficiarios, solo se requiere la del solicitante.

En caso de no haber sido cónyuge, conviviente, hijo(a), padre, madre, ni hermano(a) del Fonavista fallecido(a), y el vínculo corresponde a “otros”:

  • Copia legalizada del acta notarial de sucesión intestada (o copia certificada de la resolución judicial y la resolución que la declara consentida) o copia legalizada del testamento, junto con el certificado literal emitido por la SUNARP que acredite la inscripción de la sucesión intestada definitiva o el testamento y su ampliación, si corresponde. Estos documentos deben tener una antigüedad no mayor a 10 días hábiles en Lima y 15 días hábiles en provincias.

Pago Fonavi 2024 para viudas: ¿Qué hacer si el beneficio económico es mayor a 4 UIT?

En situaciones donde el beneficio económico supere las 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), se deben presentar adicionalmente:

  • Copia legalizada del acta notarial de sucesión intestada, la resolución judicial correspondiente o el testamento, así como el certificado literal emitido por SUNARP donde conste la sucesión intestada definitiva o el testamento, con no más de 10 días hábiles de antigüedad en Lima y 15 días en provincias.
  • Para hijos con discapacidad total permanente, se debe incluir una copia certificada o legalizada del documento que acredite la discapacidad emitido por CONADIS.

¿Qué hacer si no conozco a otros herederos con igual o mayor prioridad?

Debes declarar esta situación en la Declaración Jurada de Beneficiario y, en caso de existir otros herederos, adjuntar la documentación correspondiente que acredite sus vínculos.

¿Qué ocurre si el heredero es una persona con discapacidad o requiere apoyo?

En caso el heredero necesite apoyo o sea interdicto, su apoyo o curador debe firmar la Declaración Jurada. Además, se debe presentar la siguiente documentación:

  • Apoyo: Testimonio o copia legalizada de la Escritura Pública de Designación de Apoyo, o la Resolución Judicial correspondiente.
  • Curador: Copia certificada de la Resolución Judicial que declara la interdicción y el nombramiento del curador, junto con el certificado literal de registros públicos.

¿Dónde se publica la lista de herederos acreditados?

La Secretaría Técnica publica la lista de herederos acreditados en su sitio web: www.fonavi-st.pe.

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